COLUMNA DE OPINIÓN

REFLEXIONES SOBRE TEMUCUICUI: SOBERANÍA TERRITORIAL Y VOLUNTAD POLÍTICA
Equipo ATHENALAB
10 de enero 2021
En tiempos donde los conceptos de moda son la polivalencia y la proporcionalidad en el uso de la fuerza y donde incluso un columnista propuso hace algunos días traspasar personal militar a Carabineros porque las Fuerzas Armadas estarían “sobredimensionadas”, bien vale la pena reflexionar sobre lo ocurrido en el reciente operativo efectuado por 850 hombres y mujeres de la Policía de Investigaciones (PDI) de Chile en Temucuicui, región de la Araucanía. Sin duda, existen múltiples herramientas para analizar este caso y solo disponemos de información parcial sobre los hechos. En esta reflexión quisiéramos proponer un análisis desde el punto de vista del pensamiento estratégico clásico y desde la fundamentación conceptual
de la existencia misma de las instituciones que materializan el monopolio del uso de la fuerza por parte del Estado.
Se busca aportar los argumentos suficientes para demostrar que lo ocurrido en Temucuicui es un ejemplo clarificador de la separación conceptual de roles que les caben a las Fuerzas Armadas y a las policías en el ordenamiento jurídico de una República y cómo el desconocimiento de la naturaleza de un conflicto es un error fatal para la conducción política de un país. Temucuicui no es un problema judicial, sino un problema político.
En la conformación del pacto social que da origen a un Estado organizado como República, las personas renuncian al derecho a la defensa de sus vidas, su propiedad y a la protección de los suyos, que les es propio en virtud de su dignidad de personas, y le ceden al Estado el monopolio del uso de la fuerza. A cambio, el Estado asume la obligación de proporcionar la seguridad, la protección y la defensa que la sociedad necesita para que sus derechos sean cautelados. Para que exista igualdad ante la ley, para que el interés nacional de la sociedad se cumpla y para que la autodeterminación del pueblo sea ejercida, sin coacción ni interferencia de otros. En esas condiciones estamos ante la existencia de un Estado libre e independiente donde el soberano es el pueblo que regula las interacciones de la sociedad mediante leyes que redactan sus representantes, que cumplen sus gobernantes elegidos y que de no ser acatadas son objeto de castigo por determinación de los jueces de los tribunales nacionales. El monopolio del uso legítimo de la fuerza constituye una fuente de poder del Estado, pues en el radica la capacidad de imponer situaciones, incluso contra la voluntad de los afectados.
De la explicación anterior se pueden diferenciar dos ámbitos de acción claramente separados donde el Estado puede y debe aplicar el poder de la fuerza. El primero, es al interior del territorio donde la República ejerce soberanía. Es un espacio físico definido por fronteras. En ese espacio físico y territorial los habitantes toman sus decisiones, conforman sus pactos sociales, redactan sus leyes, eligen a sus gobernantes y son sancionados por sus tribunales. Para que esta situación que refleja la independencia, soberanía y autodeterminación de un pueblo pueda existir, es necesario que las fronteras sean respetadas y reconocidas por otros actores, ya sea estatales o no. Asimismo, los intereses nacionales que se sitúan fuera de las fronteras de la República requieren también protección, pues su seguridad afecta la
existencia, el bienestar, el desarrollo o la seguridad del Estado.
Para administrar el monopolio del uso de la fuerza, en la organización de nuestra sociedad, nos hemos dado dos tipos de instituciones, las policías y las fuerzas armadas. Las policías existen para dar efectividad al derecho. Son el brazo ejecutor de sentencias judiciales. Además, su sola presencia, sus capacidades operativas y la voluntad demostrada en su empleo, generan un efecto disuasivo en la población que siente que el no cumplimiento de las leyes tiene un alto costo y que las policías lo aplicaran sobre quienes faltan o delinquen. Las Fuerzas Armadas en cambio, son instituciones que están formadas, equipadas y entrenadas para entregar a la población seguridad nacional. La esencia de su quehacer es política y no judicial. Constituyen un instrumento del poder nacional del Estado, administrado y articulado por la voluntad política del gobernante para el logro, conquista o defensa del interés nacional y de los objetivos nacionales que de ese interés se derivan.
La diferencia descrita en el párrafo precedente tiene importantes consecuencias operacionales, de mando y control y de planificación. La acción de las policías para dar efectividad al derecho se realiza al interior de un territorio soberano, determinado por un pacto social legítimo, donde el Estado ejerce el monopolio del uso de la fuerza para dar efectividad al estado de derecho vigente. La acción de las policías se inicia mediante órdenes judiciales o bien órdenes de investigar emanadas de tribunales o del Ministerio Público. Las Fuerzas Armadas, en cambio,
actúan en su rol principal mediante la entrega de objetivos políticos por parte del mando político representado por el Presidente de la República. Se llaman objetivos políticos porque reflejan la naturaleza y esencia de la acción de las FF.AA. la que se traduce en poner en acción las capacidades estratégicas de defender, conquistar, imponer y controlar.
Intentaremos ahora analizar bajo el marco teórico conceptual antes descrito, algunos de los hechos más importantes, que nos reportan fuentes abiertas, sobre lo ocurrido en Temucuicui el jueves pasado. Al parecer, el origen de la situación ocurrida es que se le dio a la PDI una orden judicial de allanar determinadas viviendas al interior de la comunidad de Temucuicui, tras investigaciones que indican la presunta comisión de delitos relacionados con narcotráfico. Todo proceso de planificación estratégica conlleva el ejercicio intelectual de vincular medios con fines, a través de los caminos o formas de materializar una determinada operación. Aplicaremos la herramienta de análisis de los principios de la guerra, que son parte del pensamiento estratégico clásico para evaluar el operativo.
¿Cuál habrá sido el análisis respecto a la naturaleza de la operación que se planificó y cuyo resultado práctico determinó la necesidad de contar con 850 efectivos, prácticamente el 10% de la fuerza efectiva de la PDI y traídos desde todo el país? Carl Von Clausewitz nos señala que el valor del objetivo determina la magnitud del esfuerzo a desarrollar. ¿Un esfuerzo de esta magnitud, poco usual o tal vez nunca visto, se justifica por el valor de las órdenes judiciales o de investigar que se emitieron? Todo indica que en el caso de Temucuicui hubo una mala evaluación, no solo del valor del objetivo en juego, sino de la naturaleza del conflicto y sobre todo, del valor que al objetivo le asignaron las fuerzas que repelieron el operativo de la PDI. Podemos concluir entonces que el primer principio, mantención del objeto, no se cumplió y el análisis de la misión no fue el adecuado.
Durante la ejecución de esta operación varios hechos quedaron a la vista. Las fuerzas que repelieron el operativo, al parecer, contaron con mejor y más oportuna inteligencia que la policía, donde el resultado fue que los que planificaron para aplicar el principio de la sorpresa, fueron los sorprendidos. Si aceptamos como cierto lo publicado por el medio digital Ex-Ante, que entrega la versión más detallada del fallido operativo, “a pocos kilómetros del ingreso, los equipos tácticos y otros detectives se dieron cuenta del alto poder de fuego de quienes los esperaban” y, además, varios quedaron sin señal de sus teléfonos celulares1. Se entiende de esa
descripción que el principio de la seguridad no fue correctamente aplicado. Economía de los medios y concentración fueron principios que a la luz de los resultados se aprecia que fueron mal aplicados. No es claro aún qué rol cumplieron los helicópteros y drones supuestamente desplegados, según la misma nota, toda vez que el poder de fuego disponible no fue suficiente. No existen antecedentes suficientes para analizar los principios de ofensiva, movilidad y maniobra, pero los videos que muestran una larga caravana de camionetas apuntan a un despliegue poco adecuado para la realidad que se debió enfrentar. Estos principios relevantes se podrán analizar una vez que se disponga de la información adecuada al respecto.
¿Por qué utilizar los principios de la guerra para analizar esta operación policial? Porque estamos analizando un caso de empleo cinético de fuerzas, con resultado de bajas e intercambio masivo de fuego letal y donde los resultados para un despliegue de esa magnitud son causa de notoriedad nacional. La naturaleza de la oposición que encontraron, su preparación, despliegue y capacidad de combate no tiene relación con un operativo policial en respuesta a un requerimiento judicial. La operación que estamos analizando, en la práctica, fue una operación de disputa por el control de un territorio. Por lo mismo, cabe preguntarse si es fue adecuado el diseño y la ejecución de un operativo de asalto en un terreno rural sumamente complejo para moverse por tierra en un entorno no bien conocido (el detective asesinado fue traído de Iquique)1, donde además se coordina el movimiento de más de 800 efectivos en tiempo real y simultáneo. Esto es algo que más bien remite a operaciones antinarcóticos que realizan comandos especializados de policía altamente preparados y con grandes apoyos para insertarse en zonas hostiles y cumplir sus objetivos.
A la luz de la información disponible de fuentes abiertas, este operativo que se origina por una orden judicial termina teniendo consecuencias de naturaleza política, ya que se confirma que lo que está en disputa es la soberanía del Estado de Chile en parte de su territorio y la vigencia del estado de derecho en él. Hay un grupo de personas que está desconociendo la soberanía nacional en ese territorio. Desconoce el legítimo monopolio del uso de la fuerza por parte del Estado y tiene poder de fuego, capacidad para emplearlo y demostró su decisión para hacer uso de él.
Con la presente reflexión nos gustaría destacar la profunda diferencia en la naturaleza conceptual de la existencia de las instituciones que conforman las policías y las FF.AA. De los errores cometidos se desprende que no existe verdadera conciencia sobre la naturaleza del problema que representa Temucuicui. Aquí hay actores no estatales que no reconocen la jurisdicción y soberanía del Estado de Chile en parte de nuestro territorio y que están financiando sus operaciones, presuntamente, con actividades relacionadas al narcotráfico, lo cual a su vez genera los fondos para adquirir más poder de fuego. No es un problema judicial de hacer efectiva una orden de investigar o de allanar. Lo que estamos viendo es un problema político de soberanía efectiva. Nadie está diciendo que sea un problema militar. Pero indudablemente es un problema político y no solamente judicial.
En la medida en que nuestra conducción política nacional logre tener claridad respecto de la naturaleza del problema, entonces y sólo entonces podremos encontrarle solución. Ahora bien, como es un problema político, se requiere entonces de voluntad política para solucionarlo y para eso todos los instrumentos del poder nacional del Estado tienen que estar disponibles, articulados por la voluntad que los mueve. El tiempo juega en contra del gobierno. Cada día que pasa sin que esta situación sea solucionada, se consolida de hecho una vulneración de la soberanía nacional y del estado de derecho en la República de Chile.
Estamos frente a un problema político y no judicial ni policial o militar, pero la capacidad de respuesta armada demostrada por quienes repelieron el accionar de la policía en Temucuicui nos tiene que llevar a reflexionar sobre los espacios en que el Estado deberá encontrar soluciones a este problema. En esas posibles soluciones, el legítimo empleo del monopolio del uso de la fuerza para reponer el estado de derecho y la soberanía efectiva en parte del territorio de la República será un elemento principal a considerar.
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